martes, 26 de abril de 2016

Conversatorio de responsabilidad penal.

Conversatorio de responsabilidad penal del niño, niña y adolescente en casos de violencia presentados en los ambientes escolares. Realizado por estudiantes de la UCAT el día martes 26 de abril. Hora: 10:00 am

Responsabilidad penal: Niños menores de 14 años no responden penalmente; entre 14 y 18 años responderán penalmente en la medida de sus responsabilidades.

Procedimiento administrativo que debe tomar en cuenta un docente ante situaciones de violencia:

  • Mecanismo más leve: acta de incidencia.
  • Amonestación verbal: dirigida a un niño(s) más especifica.
  • Amonestación escrita: Se le notifica no es la primera vez que estás incidiendo en la misma situación y tratar de conciliar con el niño que no está actuando de la manera más adecuada.
  • Citación de representante: pueden presentarse varias posiciones que el representante acuda al llamado y admita que debe corregir a su hijo, el representante alcahueta que no admite el comportamiento de su hijo y el que se cite varias veces al representantes y no asista a la institución para la respectiva entrevista.
Procedimiento ordinario (casos leves) seguir los pasos del procedimiento administrativo.
Procedimiento extraordinario (casos fuertes) registrar el porque se salta algún procedimiento o fase corresponde a una situación drástica. 
Defensoría Educativa: asesoría legal para cumplir funciones de mediación.
Defensoría Educativa: Órgano administrativo.






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